miércoles, 12 de mayo de 2010

Terminologia

Participación activa: es un modelo en el cual los ciudadanos abandonan la situación paternalista frente al estado y ellos mismo solucionan sus problemas.
Participación Pasiva: es un modelo en cual las comunidades toman una situación paternalista frente.
C.A.L.I: Centro de atención local integral CALI, son los que recibe el presupuesto de las comunas.

JAC: Junta de accion comunal.

viernes, 23 de abril de 2010

MODELO DEL ORDEN DEL DÍA

1.Verificación del quórum (correr lista)
2.Lectura del acta anterior
3.Lectura de comunicaciones y correspondencia
4.Lectura o presentación de informes (coordinadores de
comités de trabajo, tesorería y demás directivas.
5.Presentación de proposiciones.
6.Asignación de tareas.
7.Cierre de la reunión.

REQUISITOS FUNDAMENTALES DE UNA REUNIÓN

1.Tener un Presidente de reunión
2.Tener orden del día aprobado y seguirlo durante la reunión
3. Iniciar la sesión a la hora anunciada
4. Discutir democráticamente y dentro de las normas del reglamento los asuntos por tratar
5.Conservar durante todo el tiempo orden en las discusiones.
6.Discutir cada proposición hasta el final, siguiendo el orden de presentación de las mismas, antes de pasar a discutir una nueva u otro tema.
7.Procurar que todo informe oral o escrito sea breve y preciso.
8.Hacer reuniones corta, no prolongadas por más de hora y media.
9.Disponer de un lugar cómodo para todos.

LIBROS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL

Además de los que autorice la asamblea y de los que señalen en los reglamentos de los comités empresariales, la junta debe tener los siguientes libros, debidamente registrados ante la entidad competente:

REGISTRO DE AFILIADOS
ACTAS DE ASAMBLEA Y DIRECTIVA
TESORERÍA
INVENTARIOS

El comité conciliador llevará un libro de actas en donde se registran las actas de reunión y los fallos

LIBRO DE AFILIADOS: Es llevado por el Secretario y en él se anotan los nombres y demás datos de todos los afiliados a la junta. También se registran las sanciones por suspensión y las desafiliaciones. El libro de afiliados deberá contener, por lo menos, las siguientes columnas.

* Número de orden
* Fecha de inscripción
* Nombres y apellidos del afiliado
* Edad del afiliado
* Número y clase del documento de identidad
* Dirección y teléfono
* Profesión u ocupación
* Comité de trabajo al cual pertenece
* Firma o huella digital del afiliado
* Observaciones

LIBRO DE ACTAS: En este libro se dejará constancia de los hechos principales de cada reunión y de las decisiones que se tomen, el número de asistentes y el resultado de la votación.
A cada reunión debe corresponder un acta y como mínimo deberá contener los siguientes puntos.
- Número de acta
- Lugar y fecha de la reunión
- Quién ordena la convocatoria
- Número de asistentes y de afiliados o miembros de la directiva, según el caso.
- Nombre del Presidente y Secretario de la reunión
- Orden del día
- Desarrollo del orden del día y decisiones adoptadas, determinando en cada caso las votaciones.
- Firma del Presidente y Secretario de la reunión
En este libro se anotarán también las planchas inscritas para cada elección y el número de orden de los afiliados ausentes de las reuniones de la asamblea.

FUNCIONES DEL FISCAL

Ejercer el control permanente sobre todos los bienes y fondos de la junta.

Firmar conjuntamente con el Presidente y el Tesorero, los cheques y demás documentos que impliquen egreso de fondos, revisar libros y comprobantes.

Rendir informes a la Asamblea y a la Directiva sobre el recaudo, manejo e inversión de los bienes que formen parte del patrimonio de la junta y denunciar ante el comité conciliador o ante las autoridades administrativas o judiciales las irregularidades que se observan en el manejo patrimonial de la junta.

Refrendar los balances consolidados que presenta la junta directiva a la asamblea.

Asistir a las reuniones de la junta directiva en las cuales tendrá voz pero no voto.

Refrendar el cierre del libro de registro de afiliados cuando se convoque para asamblea general.

FUNCIONES DEL SERETARIO

Comunicar la convocatoria a las reuniones de la junta directiva o de la asamblea general.

Diligenciar y cuidar los libros de registro de afiliados y de actas, tanto de la Asamblea como de la junta directiva, registrarlos y entregarlos al secretario que lo reemplace.

Organizar, llevar y custodiar el archivo y documentos de la junta.

Recibir, contestar y firmar la correspondencia de su competencia y pasar al Presidente para firma.

Leer el orden del día, correspondencia y el acta de la reunión o asamblea anterior.

Elaborar las cartas que se ordene por la directiva o la asamblea.

Registrar en el libro de afiliados los nuevos nombres que voluntariamente deseen pertenecer.

Llevar un control de afiliados suspendidos, así como las personas sancionadas por el comité conciliador.

Servir de Secretario en las reuniones de la directiva y de la asamblea general.
Certificar sobre la condición de afiliado de los miembros de la junta.

Publicar el listado de personas que por diferentes motivos han sido desafiliadas de la junta.

Hacer un listado de los comités que tiene la junta y anotar los afiliados que desean pertenecer a cada uno de ellos.

FUNCIONES DEL TESORERO

Hacerse cargo, mantener al día y registrar los libros de tesorería e inventarios, anotando entradas y salidas de fondos y bienes, guardando en orden, firmados y con fecha todos los comprobantes y recibos.

Constituir la garantía o la fianza de manejo para responder por los dineros y bienes de la junta. Esta será cubierta con dineros propios de la junta.
Firmar conjuntamente con el Presidente y el fiscal los cheques y documentos que impliquen manejo de dinero o de bienes, previa orden impartida por el órgano o dignatario competente.

Rendir a la junta directiva en cada una de sus reuniones y a la asamblea general un informe detallado del movimiento de tesorería, el cual deber ser aprobado previamente por el Fiscal.

Organizar y conservar el archivo que comprende entre otros documentos, los siguientes: recibos, talonarios, órdenes de pago, chequeras, libro de tesorería e inventarios, etc.

Responder por los fondos y demás enseres de la junta, excepto cuando se trate de actividades de economía social, en cuyo caso la responsabilidad se determina en los contrato de trabajo o en los respectivos reglamentos.
Abrir y manejar la cuenta bancaria o de ahorros a nombre dela Junta de Acción Comunal.

Hacer los pagos que autorice la Asamblea General, la Directiva o el Presidente, conservando los recibos.